La ley orgánica 3/2007 del 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, tiene como principal novedad la prevención de conductas discriminatorias y previsión de políticas activas que garanticen el derecho al trabajo en igualdad de oportunidades, adoptando medidas para evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres.
Asesoramos y acompañamos a las empresas en el proceso de diagnóstico, elaboración de objetivos y estrategias a adoptar para la consecución del plan de igualdad, junto con los correspondientes sistemas de evaluación y seguimiento de los objetivos fijados.
Realizamos un análisis, desde la perspectiva de género, que supone un debate interno, y finalmente, la formulación de propuestas que puedan integrarse en el Plan de Igualdad.
Elaboramos los Planes de Igualdad en base a la metodología y criterios establecidos en la Ley 17/2015, de 21 de julio de Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, así como atendiendo a otros documentos de referencia de la Generalitat de Catalunya y del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad del Estado Español.